Las empresas navieras titulares de buques que operen en líneas regulares de pasaje deberán establecer un protocolo de actuación para garantizar "la accesibilidad, la asistencia digna y el auxilio al pasaje con discapacidad" durante las operaciones de embarque y desembarque, en la travesía y en situaciones de emergencia.
Así lo establece la orden ministerial que fija los protocolos de actuación y de formación de las tripulaciones de los buques de pasaje, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En virtud de esta orden, las empresas navieras titulares de buques que operen en líneas regulares de pasaje habrán de comprobar que los tripulantes que tengan asignadas tareas de atención a las personas con discapacidad en el citado protocolo hayan realizado el curso de formación pertinente y hayan obtenido el correspondiente certificado que lo acredite.
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